Renovación Carné de Conducir: Apnea del sueño

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Apnea del Sueño y Conducción

La apnea está relacionada con el 25 por 100 de los accidentes, o sea, es la causa de uno de cada cuatro accidentes. Los casos severos de la enfermedad presentan menos riesgo de sufrir accidente puesto que son conscientes del trastorno y reciben tratamiento. Los casos leves (el 90 por 100) son los más peligrosos ya que desconocen que la padecen y no toman medidas. Por eso es tan importante reconocer los síntomas y acudir al especialista.

 

¿Qué es?

Es la interrupción repetida de la respiración mientras se duerme. Esto provoca excesivo sueño diurno… La Apnea del Sueño se produce por la obstrucción de la vía aérea superior. Influyen también factores como la obesidad, amígdalas gigantes y ciertas anomalías maxilofaciales.

 

Cuando una persona padece de Apnea del Sueño, los síntomas son:

  • Ronquidos entrecortados
  • Pausas respiratorias mientras se duerme
  • Excesiva somnolencia diurna
  • Cansancio diurno crónico e irritabilidad (puede existir apnea del sueño sin presentar necesariamente síntomas diurnos)

Factores agravantes de la Apnea del Sueño:

  • el sueño insuficiente
  • el alcohol
  • algunos fármacos como antidepresivos o tranquilizantes.
  • Tienen riesgo de padecer apnea del sueño personas de 30 a 70 años, sobre todo varones, con sobrepeso y cuello ancho… El Espacialista encargado de tratar la Apnea del sueño es el neumólogo, especialista en el aparato respiratorio.

La Apnea del Sueño puede curarse:

  • Perdiendo peso
  • Suprimiendo el tabaco y el alcohol
  • Controlando los fármacos y durmiendo de lado o boca abajo
  • En los casos más graves puede ser necesario un equipo de respiración asistida.
  • Excepcionalmente, con operación quirúrgica.
  • Requisitos para obtener el carnet de conducir.

La legislación actual exige que la persona afecta de síndrome de apnea del sueño que desee obtener o renovar el permiso o la licencia de conducir, debe estar sometida a tratamiento y tener controlada la sintomatología. Esta situación deberá acreditarse en el centro de reconocimiento de conductores mediante la presentación de un informe favorable emitido por su médico especialista. En el caso de ser considerado apto, se concede el carnet de conducir por un periodo inferior al normalmente establecido.

(La ocultación de datos, en relación con enfermedades o ingesta de sustancias, medicamentos, alcohol o drogas, puede constituir delito penal y las compañías de seguros pueden no cubrir los gastos que se hayan ocasionado tras sufrir un accidente).

 

Consejos para personas que padecen Apnea del Sueño.

  • Debe ser consciente de que padece una enfermedad que le incapacita para la conducción segura para usted y los demás.
  • No tome medicamentos que produzcan somnolencia.
  • No tome alcohol si va ha conducir.
  • Debe saber reconocer los primeros síntomas y como subsanarlos.
  • Evite las situaciones desencadenantes.
  • Extreme las precauciones y no conduzca nunca solo, después de comer, de noche ni durante largo tiempo.
  • Ante los primeros síntomas deténgase en lugar seguro y quite el contacto.
  • No deje nunca el tratamiento por su cuenta.
  • No oculte su enfermedad y póngase en manos de un especialista. Esta asumiendo un riesgo innecesario para usted, sus acompañantes y los demás usuarios de la vía pública.
  • Consulte a su médico antes de conducir, es el que mejor le asesorará y le indicará cuando puede hacerlo.
  • El control y el consejo de familiares y amigos pueden prevenir los accidentes.

 

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