Psicotécnicos: Varapalo judicial a las multas por radares de semáforo «foto rojo»

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  • «Las fotografías no constituyen medio de prueba en ausencia del preceptivo control metrológico», detallan desde Automovilistas Europeos Asociados (AEA).

 

Una reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Bilbao ha estimado el recurso planteado por los letrados de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de sus socios y ha anulado la sanción de 200 euros y la detracción de 4 puntos que el Ayuntamiento de Bilbao le había impuesto por rebasar un semáforo.

En la resolución judicial el juez considera, en contra de lo que sostiene el Ayuntamiento de Bilbao, «que el sistema foto-rojo sí hace mediciones y que al no estar sometidas tales mediciones a control metrológico alguno debiendo estarlo conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley de Metrología o, en su defecto a un control oficial, no constituyen medio de prueba en un expediente administrativo sancionador por infracciones al ordenamiento en materia de tráfico» y por ello estima el recurso interpuesto por los letrados de AEA en defensa del automovilista afectado.

La sentencia resuelve de forma concluyente la discusión que se viene planteando desde hace años en toda España acerca de si el aparato que se utiliza en el control de infracciones a los semáforos, denominado «foto-rojo», se encuentra sometido o no al control metrológico del Estado «con las consecuencias que pueden derivarse en caso de llegar a una u otra conclusión».

Y las conclusiones a las que llega el juez en la sentencia son las siguientes, según consta en el Fundamento de Derecho segundo: «1) El aparato foto-rojo sí hace mediciones; 2) La infracción no ha sido apreciada directamente al tiempo de su comisión por ningún agente de la autoridad (no consta) a efectos de aplicar la presunción de veracidad; 3) No existe garantía alguna de la regularidad del aparato y de su estado; 4) El valor probatorio de los fotogramas, al no hallarse el sistema homologado por el Centro Español de Metrología, no puede ser tampoco acreedor de la objetividad que una homologación pública le otorgaría y 5) el foto-rojo efectuó en el caso enjuiciado una medición de tiempo (secuencia semáforica) e intensidad lumínica, sin estar sujeto a control metrológico ni constar otro certificado oficial que indique que el aparato estaba en correcto estado de uso».

 

Detracción de 140.000 puntos

Esta resolución judicial se une a las decenas de sentencias obtenidas por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de los intereses de sus miembros de los distintos juzgados de España y pone de nuevo en evidencia la falta de garantías del sistema utilizado por el Ayuntamiento de Bilbao para captar supuestas infracciones por rebasar los semáforos en rojo en seis intersecciones de la capital.

Según estimaciones de AEA, el Ayuntamiento de Bilbao ha podido formular con el sistema «foto-rojo», en sus cerca de diez años de funcionamiento, unas 35.000 denuncias, por un valor económico de cerca de siete millones de euros, y una detracción de puntos en torno a los 140.000.

Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, «resulta sorprendente que el Ayuntamiento de Bilbao, en lugar de paralizar la utilización de un sistema sobre cuya legalidad ya se han pronunciado, numerosos juzgados, diversos tribunales superiores de justicia y hasta el Tribunal Supremo, persevere en la utilización ilegal y contumaz de un sistema que no garantiza la seguridad vial ni de los peatones ni de los automovilistas».

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